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Justicia y Transparencia aclara citación de la fiscalía

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Santo Domingo. El presidente de la Fundación Justicia y Transparencia Trajano Potentini calificó de mal-intencionadas las informaciones de los comisionados encargados por el Procurador General de la República para investigar las denuncias de fiscales envueltos en acto de corrupción, sobre la no comparecencia nuestra, y dejarlos esperando pese a ser citados.

La FJT pese a calificar de insustancial su comparecencia por ante la comisión designada por el Procurador General de la República para dar respuesta a las denuncias y al amplio rumor público sobre el involucramiento de fiscales en el manejo doloso de expedientes, la FJT en la persona de su Presidente Trajano Potentini anuncia que próximamente celebrara una rueda de prensa para ampliar y fijar posición sobre el particular, a los fines de colaborar con el Ministerio Público en esta sentida preocupación social.

De igual forma aprovecharemos la ocasión para reiterar a los comisionados y al país la necesidad de iniciar las investigaciones haciendo un levantamiento estadístico de público conocimiento de los casos archivados por los fiscales adjuntos, así como el tipo penal violado en cada caso y la cantidad de expedientes por año y las fiscalías de procedencia. 

De manera concreta y a juicio de la FJT, la discrecionalidad y poderes de los fiscales adjuntos se prevén fundamentalmente en el artículo 281 del Código Procesal Penal que faculta a los fiscales, el archivar expedientes bajo diversos argumentos, dentro de lo que citamos lo siguientes: cuando no existan suficientes elementos para verificar la ocurrencia del hecho; cuando los elementos de prueba resulten insuficientes para fundamentar la acusación y no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos; cuando un obstáculo legal impida el ejercicio de la acción; porque el hecho no constituya una infracción a las leyes penales;  por la concurrencia de un hecho justificativo o que la persona no pueda ser considerada penalmente responsable; en fin cuando a juicio del fiscal actuante proceda aplicar un criterio de oportunidad.

Todo este poder y margen de discrecionalidad con que actúan los fiscales es cuestionado por la sociedad que exige explicaciones por parte del Ministerio Público.

Trajano Potentini informó que si los comisionados tienen algunos inconvenientes para hacer acopio de la información e  inventario contentivo de la cantidad y el contenido de los expedientes archivados por los fiscales, podríamos entonces en colaboración a los comisionados como entidad de sociedad civil y en virtud de la ley 200-04 sobre acceso a la información pública requerir las informaciones necesarias que permitan verificar la legítima preocupación social ya referida.

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